Las dos subcomarcas pedrocheñas, resultantes de un proceso de formación no exento de sentido geográfico y de una percepción del medio agronómico (el límite fronterizo entre el señorío y el realengo coincidiría con la línea de separación de la isohipsa de 600 metros, asentándose los señoríos sobre los socios mejor dorados y más llanos, al contrario Cloe los de realengo), mantuvieron sus señas propias hasta el siglo XIX., los paisajes agrarios tradicionales pueden aún vislumbrarse, si bien han sufrido modificaciones debido a los acontecimientos desencadenados en aquella centuria.
Para entender la actual estructura agraria de la comarca de Los Pedroches es necesario conocer su evolución desde el siglo XIX hasta nuestros días a través de las motivaciones que la hicieron variar, muy especialmente las de carácter institucional.
Siguiendo la pauta establecida por Las Cortes de Cádiz en 1811, la Ley de 26 de agosto de 1837 estipuló la disolución del régimen señorial y la supresión del mayorazgo, pero sus repercusiones, en cuanto a liberalización de tierras al mercado, no tuvieron efecto en la porción occidental de Los Pedroches hasta principios del siglo XX.
En efecto, en la Ley se instaba a los señores jurisdiccionales, caso de Santa Eufemia y Belalcázar, a que presentasen los títulos de adquisición de predios y derechos y prestaciones que sirviesen para legitimar sus derechos. A pesar de la inexistencia de tales documentos, por ser sus posesiones producto de sucesivas usurpaciones, ambos señoríos fueron declarados territoriales, reconociéndose las tierras incluidas en ellos como propiedad particular de los antiguos señores. Estas propiedades fueron explotadas de forma indirecta (arrendamientos de períodos muy cortos y a censo), y el acceso a las mismas desde 1838 hasta 1900 se basó principalmente en la transmisión hereditaria, que apenas llegó a fraccionar la propiedad. Es a principios de este siglo cuando la estirpe señorial, propietaria plena y libre de sus tierras, comienza a enajenar por venta la totalidad de sus pertenencias rústicas. Así pues, la estructura de la propiedad resultante estuvo en gran parte condicionada por los regímenes de tenencia y por la naturaleza de los compradores, pudiéndose distinguir varios casos:
· Vecinos de la comarca que previamente se habían enriquecido con la desamortización civil y eclesiástica, antiguos arrendatarios, administradores e industriales, tuvieron acceso a las grandes propiedades, los «quintos», que pasaron así de ser módulos de explotación a ser módulos de venta.
· Los pequeños arrendatarios tuvieron acceso a la propiedad, bien a través de su participación en sociedades de compra (los quintos posteriormente se repartían de acuerdo al número de acciones) o bien acudiendo a la reventa especulativa de aquellos vecinos que las parcelaban en pequeños lotes, lo que dio origen a propiedades minifundistas.
· Los censatarios, en su condición de titulares de un derecho real, adquirieron la tierra tras la redención del censo.
Desamortización eclesiástica. La subcomarca oriental de realengo se había caracterizado por albergar un extenso patrimonio comunal compatible con una buena porción de tierras en manos de particulares. Los clérigos eran los mayores propietarios de estas tierras, adquiridas por acumulación de pequeñas parcelas generalmente donadas por los vecinos. Las propiedades eclesiásticas en el área occidental eran inferiores. En el condado de Belalcázar los bienes eclesiásticos estaban constituidos por un número elevado de parcelas pequeñas y algunas más extensas donadas por nobles; sin embargo, en el de Santa Eufemia las propiedades eclesiásticas eran muy escasas.
La desamortización de los bienes del clero supuso, en definitiva, un traspaso a manos laicas que permitió ampliar la mediana propiedad y el paso de la explotación agraria por arrendamiento a una explotación directa (algunas fincas fueron adquiridas por sus propios arrendatarios).
Desamortización civil. Tuvo su mayor importancia en la subcomarca de realengo, por ser en ella donde existía mayor concentración de bienes comunes y de propios, y supuso un largo y complejo proceso enajenador (desde mediados del siglo XIX hasta principios del XX).
Dos figuras importantes surgen a raíz de las desamortizaciones de bienes comunales: los «primistas» y las sociedades de compradores. Los primeros, personas ajenas a la comarca, se dedicaron a comprar terrenos en las subastas para posteriormente especular con ellos, revendiéndolos a compradores locales. Los más beneficiados fueron los propios colonos, quienes, siendo buenos conocedores de las cualidades agronómicas de las fincas que hasta el momento habían estado cultivando, compraron los mejores terrazgos. Las sociedades de compradores se constituyeron por la iniciativa de los vecinos de algunas villas, como las de El Viso y Villanueva de Córdoba, para recuperar los antiguos bienes de propios. Los compradores adquirían superficies variables de tierra, así como variable era su aportación dentro de la sociedad. Esto dio lugar en determinados casos a una excesiva fragmentación de las antiguas dehesas.
La desamortización civil en la subcomarca oriental y el proceso de transferencia de la propiedad nobiliaria en la occidental provocaron la ruptura de las subcomarcas históricas. Al desaparecer sus rasgos distintivos y crearse grandes explotaciones de un mismo propietario, con parcelas dispersas en ambas subcomarcas que permitieron la permeabilidad entre los antiguos límites jurisdiccionales.
Los mismos factores históricos que propiciaron el mantenimiento de la trashumancia en el sector occidental de Los Pedroches, tales como el régimen señorial y la figura de La Mesta, al desvanecerse en la centuria pasada han ocasionado la disminución en la oferta de pastos para el ganado trashumante, reorientándose estos antiguos invernaderos hacia el sustento de la ganadería local o roturándose en busca de nuevas superficies de cultivo.
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