jueves, 20 de octubre de 2011

Andalucia - Córdoba - Los Pedroches - 1



El término “comarca”, cuando acompaña a Los Pedroches, es un concepto que puede hacer referencia a una unidad natural o a una unidad administrativa, o bien a ambas a la vez, ya que se trata de “un espacio en el que determinadas relaciones sociales, económicas o políticas apa­recen de un modo singular o diferenciado res­pecto a los espacios circunvecinos, con indepen­dencia de que sus habitantes tengan o no conciencia de dicha singularidad”. En este ca­so, además, hay que añadir el factor histórico co­mo una de las claves para comprender el punto de arranque, formación y evolución del actual espacio comarcano.

En los pueblos que hoy componen la comarca quedan vestigios de antiguas culturas, en las que dejaron su huella romanos y árabes. Sus nombres fueron cambiando con el transcurso del tiempo, de forma que hoy día es difícil situar los empla­zamientos exactos de localidades citadas en los textos de aquellas épocas.

EI nombre con que a veces se designa esta co­marca, «Valle de los Pedroches», es discutido por algunos autores, quienes opinan que no refleja la realidad topográfica ni geomorfológica de este te­rritorio. Más cercano parece el nombre que reci­bió en la época musulmana (Fahs al Balltit, «Lla­no de las Bellotas»), y que hace mención tanto al relieve de la región cuanto a la presencia de la en­cina como árbol característico y representativo de la misma.

Las campañas cristianas para rescatar estas tie­rras de manos musulmanas provocaron su des­población ante los largos hostigamientos milita­res a los que se vieron sometidas. La reconquis­ta del área occidental de Los Pedroches estuvo en conexión con la llevada a cabo en Extremadura; fue organizada por los reyes de León, quienes, no disponiendo de medios suficientes para llevarla a cabo, buscaron el apoyo de las Ordenes Milita­res y de caballeros nobles; así es como, ya en el segundo cuarto del siglo XII, debió de tomarse Gafiq, término que englobaría la actual Belal­cázaf y cuyos dominios se extenderían hasta Cabeza del Buey.



La zona centro-oriental de la comarca pedrocheña está en relación con la re-conquista castellana; las tropas cristianas, tras la incorporación de Toledo al reino de Castilla, con­tinuaron su avance hacia el Sur, en cuya marcha se contemplaba la recuperación de Los Pedroches como etapa previa a la toma de Córdoba; dos poblaciones importantes se situaban en esa ruta, Santa Eufemia y Pedroche, recuperadas hacia 1155, aunque no de forma definitiva, re­cayendo en manos musulmanas en alguna oca­sión e intensificando así el despoblamiento ge­neral.

Ya definitivamente en poder de los cristianos, se hace indispensable la repoblación del territo­rio ganado a los musulmanes con el fin de de­fenderlo y controlarlo de modo efectivo. Para ello la Corona y, en su caso, los diferentes señores (Iglesia, Nobleza, Ordenes Militares) pro­movieron la colonización mediante la concesión de diferentes privilegios que atrajeran a los nue­vos moradores, compensando el riesgo que su­ponía habitar en zonas despobladas y fronteri­zas con el reino musulmán.

Se instauraron así, en primer lugar, las villas de realengo, cuya ad­ministración puso el rey en manos de la comu­nidad concejil; el reparto de tierras realizado en esta etapa debía de ser más o menos uniforme; tratándose de tierras generalmente no aptas pa­ra la agricultura, el problema del despobla­miento seguía patente, surgiendo aldeas que quedaban deshabitadas en cuanto las circuns­tancias eran adversas.

Otro tanto puede decirse de las villas de señorío. El proceso de repoblación fue largo, tuvo su ini­cio a finales del siglo XII y se continuó en el XIV.

Componentes ecológicos, humanos e históricos perfilaron, desde las primeras etapas, la confor­mación de dos subcomarcas con diferente régimen jurisdiccional: régimen señorial en el área occi­dental y régimen de realengo en el sector centro-oriental.


En el área occidental se crearon dos se­ñoríos: Señorío de Santa Eufemia y el Conda­do de Balalcázar. El primero data de 1293, fe­cha en la que Sancho IV hace donación del castillo de Santa Eufemia, con su jurisdicción, a Fernan­do Díaz, alcalde de la ciudad de Córdoba. El se­gundo tiene su origen en la merced hecha por Juan II, en 1444, a favor del maestre de la Orden de Alcántara

En ambos casos, el acceso a la propiedad den­tro del proceso señorializador se erige en asunto clave de la vida económica, social y política des­de finales de la Edad Media; su manifestación más radical y conflictiva se expresará durante toda la Edad Moderna a través del fenómeno de las usur­paciones de las tierras comunes, cuyo ejemplo más palmario se encuentra en las disputas sobre la pro­piedad de la Dehesa de Cañadallana, en la juris­dicción de Santa Eufemia, cuyo condominio rei­vindican varias villas contra las pretensiones de señores hacendados, litigio que motivó una Es­critura de Concordia entre las partes en 1631, pero que se alargaría varios siglos. Todo ello condu­jo a un alto grado de concentración de la tierra en manos del estamento nobiliario, quien además vinculaba sus bienes mediante la institución del mayorazgo. Así se explica que la distribución de la propiedad en el Condado de Santa Eufemia a mediados del siglo XVII sea la siguiente: No­bleza, 77,2%; común y propio de las villas, 20,8%, y vecinos, 2%.

Se asentaron los señoríos en las tierras de más clara vocación agrícola, en principio dedicadas al cultivo de cereal. Pero, puestas en manos de la no­bleza, fueron adehesadas y destinadas al aprove­chamiento ganadero, vendiéndose los pastos de invierno a los ganaderos trashumantes meste­ños, principalmente los procedentes del partido de Yanguas (Soria). Por otra parte, algunos pagos de las mismas dehesas eran cedidos en arrenda­miento a los vecinos, cultivándose cada 2, 3, 5 ó más años.


Las grandes dehesas estaban subdivididas en “quintos”, de unas 300 a 400 fanegas, los cua­les eran muy funcionales para los rebaños mes­teños al permitir el pastoreo extensivo de 300 a 400 ovejas con el mínimo de fuerza de trabajo (un pastor y un zagal). No existen datos sobre el número total de ganado trashumante que acce­día a la venta de «yerbas» en este sector occi­dental; sin embargo, son útiles los que aporta la relación de un vecino de Carrascosa y recauda­dor del derecho del puerto de El Guijo, váli­dos para el condado de Santa Eufemia y estado de Madróñiz. Según éste, el ganado lanar tras­humante registrado en dicho puerto durante la temporada de invierno de 1788-1789 agrupó 50.760 cabezas.

En el área centro-oriental los terrenos más pobres, poco roturados y bastante despobla­dos, supusieron un freno a las ansias de señoriali­zación. Así, Pedroche, su capital, y las villas que fueron surgiendo en torno a ella consiguieron mantener su condición de tierras realengas, ba­sando su economía en el aprovechamiento con­junto de un extenso patrimonio comunal (inte­grado fundamentalmente por las dehesas de La Jara —25.000 fanegas— y de La Concordia —47.000 fanegas) que daría lugar a una mancomu­nidad de términos y de pastos conocida como “Las Siete Villas de Los Pedroches”.

Esta propiedad concejil, no obstante, estuvo so­metida desde la Edad Media a las arbitrarias ena­jenaciones de la Corona, por lo que las propias vi­llas tuvieron reiteradamente que comprar sus bienes comunales. Consiguieron además con ello supremacía sobre La Mesta, a cuyos ganados se les prohibió la entrada, tal y como quedó estipulado en la última transacción realizada en el siglo XVII.


La jurisdicción realenga de estas villas sufrió un paréntesis de 87 años al ser vendidas por Fe­lipe IV al marqués de Carpio (Conde Duque de Olivares) en 1660. Pero la retroventa de juris­dicción de la Casa de Alba al Estado en 1747 su­puso su incorporación a la Corona y la recupera­ción de su ancestral condición.

De otra parte, aunque el régimen realengo no era de suyo in­compatible con los patrimonios nobiliarios, sin embargo el sector oriental de Los Pedroches se ca­racterizó por la ausencia de tierras en manos de la nobleza. Así pues, únicamente se compatibili­zó el patrimonio comunal con la propiedad par­ticular de seglares y eclesiásticos.


Más de la mitad de la tierra perteneciente a «particulares» estaba en manos de eclesiásticos, siendo el clero el mayor «hacendado» de los pro­pietarios. Además, entre el 60 y el 85% de la pro­piedad eclesiástica era ostentada a título espiri­tual, por tanto no enajenable, lo que suponía una fosilización del mercado de la tierra.

El terrazgo, aunque presentaba condiciones poco favorables para el cultivo, se vio sometido a intensas roturaciones como consecuencia de la presión demográfica.

La actividad agraria se organizaba en torno a la explotación de tierras de propiedad particular (cu­yo tamaño medio se aproximaba a las 6,5 Ha en la Villa de Pedroche) y su complemento colectivo (dehesas del común). Los bienes comunales su­ponían una tríada de aprovechamientos: labor, pastos y bellota. La adjudicación de las tierras de labor variaba de unas villas a otras, aunque siem­pre se hacía por sorteo. El ganado podía pastar li­bremente mediante el pago —al menos en el si­glo XIX— de una módica cuota por cabeza y especie. En el caso de los bienes pertenecientes al caudal de propios no existía aprovechamiento co­mún, de forma que las «yerbas» y bellotas se ven­dían como fuente de ingresos para la villa.

En general, pues, la vida agraria de esta subcomarca quedaba articulada según sus cualidades naturales, que limitaban el cultivo del cereal y propiciaban unos aprovechamientos ganaderos fa­vorecidos además por las grandes extensiones de baldíos y comunales.

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