martes, 9 de agosto de 2011

La Mesta

La Mesta


Gaspar Melchor de Jovellanos en su infome sobre la Ley Agraria
El mas funesto de todos los sistemas agrarios debe caer al golpe de luz y convicción que arroja este luminoso principio. ¿Por ventura podrán sostenerse á su vista los monstruosos privilegios de la ganadería trashumante? La Sociedad, Señor, penetrada del espíritu de imparcialidad que debe reinar en una congregación de amigos del bien público, y libre de las encontradas pasiones con que se ha hablado hasta aquí de la Mesta, ni la defenderá como el mayor de los bienes ni la combatirá como el mayor de los males públicos, sino que se reducirá á aplicar sencillamente á ella sus principios. Las leyes, los privilegios de este cuerpo, cuanto hay en él marcado con el sello del monopolio ó derivado de una protección exclusiva, merecerá su justa censura; pero ninguna consideración podrá presentar á sus ojos esta granjería como indigna de aquella vigilancia y justa protección que las leyes deben dar con igualdad á todo cultivo y á toda granjería honesta y provechosa.
Es ciertamente digno de la mayor admiración ver empleado el celo de todas las naciones en procurar el aumento y mejoras de sus lanas por los medios mas exquisitos, mientras nosotros nos ocupamos en hacer la guerra á las nuestras. Los ingleses han logrado sus excelentes y finísimos vellones cruzando las castas de sus ovejas con las de Castilla, bajo Eduardo IV, Enrique VIII y la reina Isabel. Los holandeses, establecida la república, mejoraron también las suyas, acomodando á su clima las ovejas traídas de sus establecimientos de Oriente; la Suecia, desde el tiempo de la célebre Cristina, y sucesivamente la Sajonia y la Prusia han buscado la misma ventaja, llevando ovejas y carneros padres de España, de Inglaterra y aun de Arabia á sus helados climas; Catalina II promueve de algunos años á esta parte el mismo objeto con grandes premios de honor y de interés, fiándolo á la dirección de la academia de Petersburgo; y finalmente, la Francia acaba de destinar grandes sumas para domiciliar en sus estados las ovejas árabes y de la India; y en medio de esto, nosotros, que tampoco nos desdeñamos en otro tiempo de cruzar nuestras ovejas con las de Inglaterra13, y que por este medio hemos logrado unas lanas inimitables y cuya excelencia es el principio de esta emulación de las naciones, ¿nosotros solos seremos enemigos de nuestras lanas?
Es verdad que esta granjería solo nos presenta un ramo de comercio de frutos, mientras los extranjeros tratan de mejorar sus lanas para fomentar su industria. Es verdad que vienen á comprar nuestras lanas con mas ansia que nosotros á venderlas, para traerlas después manufacturadas y llevarnos con el valor de nuestra misma granjería el precio total de su industria. Es verdad que el valor de esta industria supera en el cuatro tanto el valor de la materia que les damos, según los cálculos de Don Jerónimo Uztáriz, y he aquí el grande argumento de los enemigos de la ganadería.
Pero la Sociedad no se dejará deslumbrar con tan especioso raciocinio. ¡Pues qué! Mientras no podamos, no sepamos ó no queramos ser industriosos, ¿será para nosotros un mal pagar con el valor de nuestras lanas una parte de la industria extranjera, cuyo consumo haga forzoso nuestra pobreza, nuestra ignorancia ó nuestra desidia? ¡Pues qué! Cuando podamos, sepamos y queramos ser industriosos, ¿será para nosotros un mal tener en abundancia y á precios cómodos la mas preciosa materia para fomentar nuestra industria? ¡Pues qué! Si lo fuéremos algún día, ¿la abundancia y excelencia de esta materia no nos asegurará una preferencia infalible, y no hará hasta cierto punto precaria y dependiente de nosotros la industria extranjera? ¿Tanto nos ha de alucinar el deseo del bien, que tengamos el bien por mal?
Mas si es de admirar que estas razones no hayan bastado á persuadir que la granjería de las lanas es muy acreedora á la protección de las leyes, mucho mas se admirará que se haya querido cohonestar con ellas los injustos y exorbitantes privilegios de la Mesta. Nada es tan peligroso, así en moral como en política, como tocar en los extremos. Proteger con privilegios y exclusivas un ramo de industria es dañar y desalentar positivamente á los demás, porque basta violentar la acción del interés hacia un objeto para alejarlo de los otros. Sea, pues, rica y preciosa la granjería de las lanas, pero, ¿no lo será mucho mas el cultivo de los granos, en que libra su conservación y aumento el poder del Estado? Y cuando la ganadería pudiese merecer privilegios, ¿no serian mas dignos de ello los ganados estantes, que sobre ser apoyo del cultivo representan una masa de riqueza infinitamente mayor y mas enlazada con la felicidad pública? Pero examinemos estos privilegios á la luz de los buenos principios.
Las leyes que prohíben el rompimiento de las dehesas han sido arrancadas por los artificios de los mesteños, y aunque los ganados trashumantes sean los que menos contribuyen al cultivo de la tierra y al abasto de carnes de los pueblos, con todo, la carestía de carnes y la escasez de abonos fueron los pretextos de esta prohibición. De ella se puede decir lo que de las leyes que prohíben los cerramientos, porque unas y otras violan y menoscaban el derecho de propiedad, no solo en cuanto prohíben al dueño la libre disposición y destino de sus tierras, sino también en cuanto se oponen á la solicitud de su mayor producto. En el instante en que un dueño determina romper una dehesa, es constante que espera mayor utilidad de su cultivo que de su pasto, y por consiguiente lo es que las leyes que encadenan su libertad obran no solo contra la justicia sino también contra el objeto general de la legislación agraria, que no puede ser otro que el que la propiedad tenga el mayor producto posible.
Otro tanto se puede decir del privilegio de posesión, porque además de violar el mismo derecho y defraudar la misma libertad, roba también al propietario el derecho y la libertad de elegir su arrendador. Esta elección es de un valor real porque el propietario, aun supuesta la igualdad de precios, puede moverse á preferir un arrendador á otro por motivos de afección y caridad, y aun por razones de respeto y gratitud, y la satisfacción de estos sentimientos es tanto mas apreciable cuanto en el estado social es mas justo el hombre que mide su utilidad por el bien moral que el que la mide por el bien físico. Así que quitar al propietario esta elección es menguar la mas preciosa parte de su propiedad.

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