martes, 26 de julio de 2011

Trashumancia en el Mediterraneo - 7


Valles del Palancia y Mijares
Prueba de la intensidad que alcanzó la ganadería trashumante en estas comarcas es el aprovechamiento recíproco de pastos entre las villas de Castelló y Vilareal, de una parte, y la Comunidad de aldeas de Teruel, de otra; reciprocidad que quedó sancionada por Jaime II en el año 1325 . Aun así, el uso creciente de este derecho fue cada vez más conflictivo a lo largo del siglo XIV, y, en numerosas ocasiones, la villa de Castelló hubo de protestar por los atropellos sufridos por pastores y rebaños locales en tierras aragonesas, la mayoría de las veces por la exigencia del pago del herbaje, del cual estaban exentos. El interés de los vecinos de Castelló en comunicar a su concejo los perjuicios sufridos en Teruel por sus rebaños tenía como objeto reclamar una indemnización por las pérdidas, responsabilizando así al consistorio de la observancia de los privilegios que, como vecinos de la villa, los amparaban; de ahí que éste, por su parte, exigiese que cada vecino declarará previamente sobre la composición de su cabaña antes de enviarla a Aragón.
De los registros, a título de ejemplo, se deduce que en la villa de Castelló había 1.314 cabezas de lanar en 1389, distribuidas entre 12 propietarios, y 264 cabezas de cabrío de 3 propietarios (en 1371 un sólo ganadero, Guillem Jaques, poseía 300 cabras y 500 ovejas, además de ganado mayor). Simultáneamente se daban acciones, por parte de los castellonenses, sobre los ganados turolenses; traemos a colación el suceso acontecido en 1389 con el rector de Allepuz por la retención de reses de su cabaña por parte de unos particulares de Castelló, de los cuales hubo de responder esta villa en el correspondiente pleito, que perdió, debiendo restituir las reses aprehendidas.


Por todo ello, los concejos de Castelló y Teruel aprueban en 1389 un régimen de reciprocidad mas sólido, para reducir las controversias derivadas de la trashumancia entre ambos territorios; el consiguiente acuerdo, ultimado en la sentencia de Villahermosa de 1390, se manifiesta en los siguientes términos: los vecinos de la villa de Castelló podían entrar con sus ganados en el término común de Teruel y sus aldeas, y recíprocamente, éstos podían pacer en los mismos sitios en que lo hacían los del país, a excepción de los lugares vedados; cada pastor debía portar una carta del concejo de la villa que certificase su condición y el número de cabezas que llevaba a extremo; los mayorales debían entregar esta carta de franquicia y estaban obligados además a acudir al ligallo de la aldea o población donde fuese a herbazar; cada pastor podía llevar una cabaña de hasta 1.000 cabezas y un máximo de 10 bestias mayores para transportar el hato; el pago de los tributos en concepto de herbaje, abrevaje y leña era de diez sueldos de Valencia por cada centenar de cabezas de bestiar menut; estaba prohibido llevar en comanda (a medias) ganado de forasteros, y cada pastor podía conducir hasta 50-60 cabezas en el rebaño del dueño; podían acarrear hasta dos libras de sal por cada rebaño; y se fijaba en 25.000 el tope de reses que Castelló podía enviar anualmente a Teruel, y viceversa.


Así pues, en el siglo XIV los rebaños de Castelló se trasladaban en un elevado número a Teruel y su Comunidad de aldeas (más en concreto a Mosqueruela, Valdelinares, Gúdar, Monteagudo, etc.), y los de éstas extremaban aquí, puesto que las condiciones se establecían en régimen de reciprocidad; sorprende hallar también referencias de traslados que desde Castelló llegan a Daroca (valle del Jiloca). Del mismo modo, por privilegio real de 1329, se concedía a los vecinos de Onda el derecho a llevar sus ganados a San Agustín y otras aldeas de Teruel, y viceversa. También los ganaderos del señorío de Arenós y los municipios del medio y alto Palancia podían mandar sus rebaños en verano a la sierra de Teruel, y, a la inversa, los de allí llegar en invierno a Jérica, Onda, Castelló, Burriana, etc.
La ganadería trashumante se reunía en el invernadero con los rebaños trasterminantes, que aprovechaban la diversidad de pastizales resultante de la compleja orografía (como los ganaderos de Borriana, que se trasladaban a la sierra de Espadán), así como con los estantes. Al igual que hemos indicado ya para la zona del Maestrazgo, también aquí las ordenanzas locales imponían serias restricciones a los ganados en las huertas, rastrojos, barbechos, etc., por lo cual menudeaban los roces por el paso del ganado, sobre todo entre poblaciones vecinas. Estos conflictos se complican durante los siglos XIV y XV con sucesivas pignoraciones y repignoraciones de ganado entre los concejos; así acontece en 1379 con motivo de la prenda de reses a un vecino y carnicero de Castelló en el Castillo de Villamalefa; en Onda, en 1406, donde los guardas habían tomado también ganado cabrío y lanar a un vecino de Castelló; y finalmente, en el arrabal de Morvedre, en 1406, lugar en que se aprehenden dos cabezas a un vecino de Castelló a pesar de llevar cartas de franquicia. 
Fotos : Santiago Bayon Vera 

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