DESCRIPCIÓN DE LAS VÍAS PECUARIAS.
Foto: Cañada Real de la Plata. Fuenterroble de Salvatierra (Salamanca) (Santiago Bayon Vera)
CARACTERES GENERALES
Como hemos visto, la marcada estacionalidad climática y el carácter complementario que tienen los
ciclos anuales de las montañas y de las llanuras han condicionado al desarrollo de unos sistemas ganaderos que se basan en el movimiento periódico de los animales, conocido
como trashumancia, que permite
una explotación óptima de
los recursos existentes al distribuir alternativamente
el pastoreo entre
zonas de invernada y zonas de agostada.
Un sistema de estas características
implica la existencia de un
entramado de caminos de diferentes anchuras
que recorre la Península Ibérica en dirección
Norte - Sur, interconectados con otros de trazado Este - Oeste hasta formar
una densa malla.
En las épocas de mayor
desarrollo de la ganadería, las vías pecuarias llega- ron a representar el 1% de la superficie del Estado y su longitud total alcanzaba los 125.000 kilómetros.
“Las Vías pecuarias son los bienes de
dominio público des- tinados principalmente al tránsito de ganados: no son susceptibles de prescripción ni de enajenación, ni podrá alegarse para su apropiación el tiempo
que hayan sido ocupados,
ni legitimarse las usurpaciones de que hayan sido objeto” (artículo primero de la Ley
de Vías Pecuarias).
Las vías pecuarias se denominarán, con
carácter general, como sigue:
Cañadas, que no podrán exceder de setenta y cinco metros de anchura; Cordeles, cuya anchura
no será superior a treinta y siete coma
cincuenta metros, y Veredas, que no superarán los veinte
metros.
Los Abrevaderos, Descansaderos y Majadas tendrán la superficie, y las Coladas
la anchura, que se determine en su clasificación, resultante de los antecedentes que existan en cada caso.
Todo ello, sin
perjuicio de las denominaciones consuetudinarias” (artículo segundo del Reglamento de Vías Pecuarias).
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