jueves, 20 de octubre de 2011

Andalucia - Córdoba - Los Pedroches y 4


El número actual de efectivos trashumantes en Los Pedroches se encuentra muy mermado con respecto a situaciones pasadas de mayor auge. Como ya se ha comentado, en épocas ya lejanas los ganados trashumantes procedían principalmente de la Tierra de Yanguas, al Norte de Soria, desde donde accedían de manera directa por, la Cañada Real Soriana Oriental, tras dejar en el Valle de Alcudia parte de los rebaños. En la actualidad no se han detectado sorianos que invernen en esta comarca, aunque sí se desplazan a zonas próximas como el Valle de Alcudia (Ciudad Real) y La Serena (Badajoz), con las que Los Pedroches establece una continuidad casi perfecta. También dentro de la provincia de Córdoba, pero fuera de la comarca de estudio, existe algún desembarque de rebaños conquenses, concretamente en la estación de Bélmez.
La cabaña ganadera que trashuma actualmente a Los Pedroches procede de las serranías colindantes de las provincias de Cuenca y Teruel, núcleo originario de uno de los cuatro partidos tradicionales de La Mesta: Cuenca.


Cabecera conquense
Se sitúa en la Serranía de Cuenca, al noroeste de la provincia que le da nombre, en zonas situadas por encima de los 1.300m. Tragacete y Huélamo son, por este orden, los dos municipios representativos de la ganadería trashumante.
Es ésta una región calcárea, modelada en un laberinto de sierras. Se caracteriza demográficamente por su escasa población, cuya economía se basa en la ganadería y el aprovechamiento forestal. Sobre los pastizales existentes en los montes se sustenta durante el verano la ganadería ovina, en buena medida al amparo de la "Mancomunidad de Pastos de la Sierra de Cuenca".


Cabecera turolense
El núcleo trashumante se localiza en la comarca de la Sierra de Albarracín, en la parte sur-occidental de la provincia de Teruel. Se trata de una zona de montaña, con altitudes que en algunos casos superan los 2.000 m, y un clima riguroso que registra temperaturas muy bajas en invierno. La evolución de la población, al igual que en la Serranía de Cuenca, tiene una marcada tendencia a la baja. Asimismo, la ganadería es uno de los factores más importantes de su economía. Los pueblos que forman esta comarca no sólo están unidos por su geomorfología, sino que mantienen vínculos históricos y poseen unos bienes que disfrutan en común ("Comunidad de la Ciudad y Tierra de Albarracín"). Además de Griegos y Villar del Cobo existe otro municipio colindante, Guadalaviar, de carácter eminentemente trashumante.

Andalucia - Córdoba - Los Pedroches - 3



En su afán por ampliar a toda costa las super­ficies de cultivo, la reordenación agraria de la comarca estuvo marcada por una intensa defores­tación desde finales del siglo XIX y hasta bien en­trado el siglo XX. Las roturaciones fueron más ge­neralizadas en la subcomarca oriental.

Diversos condicionantes agronómicos favore­cieron el ahuecamiento del monte, dando lugar a dehesas, que si bien en principio tuvieron apro­vechamiento agrícola, más tarde, cuando los sue­los se fueron agotando y el chaparral creciendo, se destinaron al aprovechamiento ganadero.

En las tierras adquiridas en la desamortización civil por los grandes terratenientes, los desmon­tes fueron llevados a cabo por jornaleros y pelan­trines, a quienes se cedían temporalmente las suertes desmontadas, o bien se explotaban en ré­gimen de aparcería. Este sistema tuvo bastante auge hacia 1900, cuando las cosechas aún propor­cionaban altos rendimientos.

Los paisajes agrarios resultantes de estos des­montes estuvieron también definidos por el ám­bito litológico. Así, sobre los granitos predomi­naron las denominadas “nuevas dehesas”; sobre pizarras se hicieron plantaciones de olivar en gran­des latifundios.


Otra diferenciación paisajística de la subco­marca oriental en esta época fue la aparición de “campos cerrados”.

El cercado de los campos sur­gió por motivaciones relacionadas con la afirma­ción de la propiedad, así como por su funcionali­dad agraria, al reservar espacios diferenciados para labor, ganadería, etc. En las antiguas villas de se­ñorío el paisaje agrario conformado por las gran­des fincas (“quintos”), compradas de forma indi­visa, no varió; la única diferencia fue —como en otros casos— que los “quintos” dejaron de ser unidades de explotación para convertirse en uni­dades patrimoniales.

Lo que sí variaron fueron los regímenes de te­nencia ante la ampliación de superficie de culti­vo y los cambios en la estructura de la propiedad. En la mitad occidental se pueden resaltar tres ca­sos: a) Las propiedades fragmentadas por compra de pequeños arrendatarios y colonos (propiedad minifundista o de tipo medio) fueron explotadas directamente por los propietarios; b) en las dehe­sas no divididas («quintos») los compradores, an­teriormente grandes arrendatarios, realizaban directamente el aprovechamiento ganadero mien­tras que el uso agrícola se hacía en régimen de aparcería, y c) en las tierras que todavía pertene­cían a la nobleza predominaba el arrendamiento a cinco años.



En la mitad oriental, la aparcería fue el soporte casi exclusivo en las explotaciones agrarias, cuya extensión resultaba superior a la fuerza de traba­jo del propietario (fincas de más de 300 Ha). Es­te sistema, en aquellos momentos, fue rentable tanto para el propietario, que tenía resuelta la ma­no de obra y se evitaba la inversión en aperos de labranza, como para el aparcero, que tenía cu­biertas sus necesidades de subsistencia cuando las cosechas en las tierras recién roturadas eran exce­lentes. Los propietarios lograron una rápida capi­talización que les permitió comprar tierras en Sie­rra Morena y en el Valle del Guadalquivir, lo que condujo a una explotación mixta sierra-campiña que favoreció a la ganadería para la práctica de la trasterminancia. También los cercados permi­tieron la incorporación de las pequeñas explota­ciones a la dinámica mercantil.

De forma general, se puede decir que la apa­rición de unas explotaciones agrarias nuevas, así como la instauración de un nuevo sistema de pro­ducción, llevaron a una especialización subco­marcal (ganadera o cerealista); como consecuencia se estableció un modo de producción «capitalis­ta» respaldado por el crecimiento demográfico de la comarca y por la presencia del ferrocarril Peña­rroya-Puertollano desde 1907, el cual supuso un cauce para la exportación de ganados y la integra­ción en los mercados nacionales.

La desconcentración de la propiedad en la sub­comarca occidental contrastaba con la concentra­ción experimentada en la oriental, en la que el cre­cimiento demográfico y la estacionalidad de los aprovechamientos ganaderos y cerealísticos moti­varon la aplicación de la Ley de Reforma Agraria de 1932. La comarca se vio afectada en cuanto a las fincas objeto de expropiación relacionadas con los apartados 12 y 131 de dicha Ley, de forma que la superficie expropiable era máxima en los antiguos señoríos y más reducida en las villas de realengo. Sin embargo, su puesta en funciona­miento fue muy ralentizada y sus efectos escasos al ser modificada por la ley de contrarreforma de 1935. Así, tras la Guerra Civil, la estructura de la propiedad en la comarca de Los Pedroches resul­taba muy similar a la de 1932.

En la década 1940-50 se aprecia una evolución diferente según se trate de pequeñas o grandes propiedades. Las alteraciones experimentadas por las primeras son pocas y se deben a la dinámica sucesoria; por tanto, no existen cambios en la su­perficie ni en el número de propietarios. Sin em­bargo, aparecen nuevos factores tendentes a la concentración, tales como la venta de tierras, de forma puntual, por parte de los grandes hacen­dados, o la liquidación de patrimonios procedentes de herencias rústicas de personas físicas desa­parecidas en la Guerra Civil. Se generalizan las compras en el Valle del Guadalquivir para con­solidar las explotaciones agropecuarias de sierra­-campiña.


A partir de 1950, y en las décadas sucesivas, surge una nueva tendencia evolutiva. Las gran­des propiedades del área occidental sufren una progresiva fragmentación, bien por la compra de las mismas por parte de sociedades de veci­nos (caso de los vecinos de Peñalsordo, que com­pran los bienes pertenecientes aún a la nobleza de Santa Eufemia), o bien por particiones here­ditarias; en el área oriental se ponen a la venta latifundios de sierra poco rentables, pero apro­vechables como espacios cinegéticos. La evolu­ción de la pequeña propiedad es más compleja, pero, en general, las transferencias que experi­mentaron afectarían muy poco a la estructura. La propiedad intermedia debió de ser, por el contrario, la que se viera más afectada, al con­verger en ella las fincas procedentes de la frag­mentación de las grandes propiedades y la con­centración de las pequeñas.

Para ilustrar esta situación sirven los datos del Catastro de Rústica referidos a 1978-1980: más del 76% de los propietarios de la comarca lo son de explotaciones menores de 10 Ha y tan sólo po­seen el 10,15% de la superficie comarcal; los propietarios de más de 300 Ha representan el 0,81% y concentran el 3O,35% de la superficie. EI grupo protagonista lo componen los propie­tarios con explotaciones de 10 a 300 Ha, ya que, siendo tan sólo el 22,75%, poseen el 59,5% de la superficie. Son además las explotaciones in­cluidas en este grupo las que actualmente se juz­gan más rentables.

Andalucia - Córdoba - Los Pedroches - 2


Las dos subcomarcas pedrocheñas, resultantes de un proceso de formación no exento de sentido geográfico y de una percepción del medio agro­nómico (el límite fronterizo entre el señorío y el realengo coin­cidiría con la línea de separación de la isohipsa de 600 me­tros, asentándose los señoríos sobre los socios mejor dorados y más llanos, al contrario Cloe los de realengo), mantuvieron sus señas propias hasta el siglo XIX., los paisajes agrarios tradicionales pue­den aún vislumbrarse, si bien han sufrido modi­ficaciones debido a los acontecimientos desenca­denados en aquella centuria.

Para entender la actual estructura agraria de la comarca de Los Pedroches es necesario cono­cer su evolución desde el siglo XIX hasta nues­tros días a través de las motivaciones que la hi­cieron variar, muy especialmente las de carácter institucional.

Siguiendo la pauta establecida por Las Cor­tes de Cádiz en 1811, la Ley de 26 de agosto de 1837 estipuló la disolución del régimen seño­rial y la supresión del mayorazgo, pero sus re­percusiones, en cuanto a liberalización de tierras al mercado, no tuvieron efecto en la porción occidental de Los Pedroches hasta principios del siglo XX.

En efecto, en la Ley se instaba a los señores ju­risdiccionales, caso de Santa Eufemia y Belalcá­zar, a que presentasen los títulos de adquisición de predios y derechos y prestaciones que sirvie­sen para legitimar sus derechos. A pesar de la ine­xistencia de tales documentos, por ser sus pose­siones producto de sucesivas usurpaciones, ambos señoríos fueron declarados territoriales, reconociéndose las tierras incluidas en ellos como propiedad particular de los antiguos señores. Es­tas propiedades fueron explotadas de forma indi­recta (arrendamientos de períodos muy cortos y a censo), y el acceso a las mismas desde 1838 has­ta 1900 se basó principalmente en la transmisión hereditaria, que apenas llegó a fraccionar la pro­piedad. Es a principios de este siglo cuando la es­tirpe señorial, propietaria plena y libre de sus tie­rras, comienza a enajenar por venta la totalidad de sus pertenencias rústicas. Así pues, la estruc­tura de la propiedad resultante estuvo en gran parte condicionada por los regímenes de tenen­cia y por la naturaleza de los compradores, pu­diéndose distinguir varios casos:


· Vecinos de la comarca que previamente se habían enriquecido con la desamortización civil y eclesiástica, antiguos arrendatarios, administra­dores e industriales, tuvieron acceso a las grandes propiedades, los «quintos», que pasaron así de ser módulos de explotación a ser módulos de venta.

· Los pequeños arrendatarios tuvieron acce­so a la propiedad, bien a través de su participación en sociedades de compra (los quintos posterior­mente se repartían de acuerdo al número de ac­ciones) o bien acudiendo a la reventa especulativa de aquellos vecinos que las parcelaban en peque­ños lotes, lo que dio origen a propiedades mini­fundistas.

· Los censatarios, en su condición de titula­res de un derecho real, adquirieron la tierra tras la redención del censo.

Desamortización eclesiástica. La subcomar­ca oriental de realengo se había caracterizado por albergar un extenso patrimonio comunal compa­tible con una buena porción de tierras en manos de particulares. Los clérigos eran los mayores pro­pietarios de estas tierras, adquiridas por acumu­lación de pequeñas parcelas generalmente dona­das por los vecinos. Las propiedades eclesiásticas en el área occidental eran inferiores. En el con­dado de Belalcázar los bienes eclesiásticos estaban constituidos por un número elevado de parcelas pequeñas y algunas más extensas donadas por no­bles; sin embargo, en el de Santa Eufemia las pro­piedades eclesiásticas eran muy escasas.

La desamortización de los bienes del clero su­puso, en definitiva, un traspaso a manos laicas que permitió ampliar la mediana propiedad y el paso de la explotación agraria por arrendamiento a una explotación directa (algunas fincas fueron adquiridas por sus propios arrendatarios).

Desamortización civil. Tuvo su mayor im­portancia en la subcomarca de realengo, por ser en ella donde existía mayor concentración de bienes comunes y de propios, y supuso un largo y com­plejo proceso enajenador (desde mediados del siglo XIX hasta principios del XX).


Dos figuras importantes surgen a raíz de las de­samortizaciones de bienes comunales: los «pri­mistas» y las sociedades de compradores. Los pri­meros, personas ajenas a la comarca, se dedicaron a comprar terrenos en las subastas para posterior­mente especular con ellos, revendiéndolos a com­pradores locales. Los más beneficiados fueron los propios colonos, quienes, siendo buenos conoce­dores de las cualidades agronómicas de las fincas que hasta el momento habían estado cultivando, compraron los mejores terrazgos. Las sociedades de compradores se constituyeron por la iniciativa de los vecinos de algunas villas, como las de El Viso y Villanueva de Córdoba, para recuperar los an­tiguos bienes de propios. Los compradores adqui­rían superficies variables de tierra, así como variable era su aportación dentro de la sociedad. Esto dio lugar en determinados casos a una excesiva fragmentación de las antiguas dehesas.

La desamortización civil en la subcomarca oriental y el proceso de transferencia de la pro­piedad nobiliaria en la occidental provocaron la ruptura de las subcomarcas históricas. Al desapa­recer sus rasgos distintivos y crearse gran­des explotaciones de un mismo propietario, con parcelas dispersas en ambas subcomarcas que permitieron la permeabilidad entre los antiguos lí­mites jurisdiccionales.

Los mismos factores históricos que propicia­ron el mantenimiento de la trashumancia en el sector occidental de Los Pedroches, tales como el régimen señorial y la figura de La Mesta, al des­vanecerse en la centuria pasada han ocasionado la disminución en la oferta de pastos para el gana­do trashumante, reorientándose estos antiguos invernaderos hacia el sustento de la ganadería lo­cal o roturándose en busca de nuevas superficies de cultivo.

Andalucia - Córdoba - Los Pedroches - 1



El término “comarca”, cuando acompaña a Los Pedroches, es un concepto que puede hacer referencia a una unidad natural o a una unidad administrativa, o bien a ambas a la vez, ya que se trata de “un espacio en el que determinadas relaciones sociales, económicas o políticas apa­recen de un modo singular o diferenciado res­pecto a los espacios circunvecinos, con indepen­dencia de que sus habitantes tengan o no conciencia de dicha singularidad”. En este ca­so, además, hay que añadir el factor histórico co­mo una de las claves para comprender el punto de arranque, formación y evolución del actual espacio comarcano.

En los pueblos que hoy componen la comarca quedan vestigios de antiguas culturas, en las que dejaron su huella romanos y árabes. Sus nombres fueron cambiando con el transcurso del tiempo, de forma que hoy día es difícil situar los empla­zamientos exactos de localidades citadas en los textos de aquellas épocas.

EI nombre con que a veces se designa esta co­marca, «Valle de los Pedroches», es discutido por algunos autores, quienes opinan que no refleja la realidad topográfica ni geomorfológica de este te­rritorio. Más cercano parece el nombre que reci­bió en la época musulmana (Fahs al Balltit, «Lla­no de las Bellotas»), y que hace mención tanto al relieve de la región cuanto a la presencia de la en­cina como árbol característico y representativo de la misma.

Las campañas cristianas para rescatar estas tie­rras de manos musulmanas provocaron su des­población ante los largos hostigamientos milita­res a los que se vieron sometidas. La reconquis­ta del área occidental de Los Pedroches estuvo en conexión con la llevada a cabo en Extremadura; fue organizada por los reyes de León, quienes, no disponiendo de medios suficientes para llevarla a cabo, buscaron el apoyo de las Ordenes Milita­res y de caballeros nobles; así es como, ya en el segundo cuarto del siglo XII, debió de tomarse Gafiq, término que englobaría la actual Belal­cázaf y cuyos dominios se extenderían hasta Cabeza del Buey.



La zona centro-oriental de la comarca pedrocheña está en relación con la re-conquista castellana; las tropas cristianas, tras la incorporación de Toledo al reino de Castilla, con­tinuaron su avance hacia el Sur, en cuya marcha se contemplaba la recuperación de Los Pedroches como etapa previa a la toma de Córdoba; dos poblaciones importantes se situaban en esa ruta, Santa Eufemia y Pedroche, recuperadas hacia 1155, aunque no de forma definitiva, re­cayendo en manos musulmanas en alguna oca­sión e intensificando así el despoblamiento ge­neral.

Ya definitivamente en poder de los cristianos, se hace indispensable la repoblación del territo­rio ganado a los musulmanes con el fin de de­fenderlo y controlarlo de modo efectivo. Para ello la Corona y, en su caso, los diferentes señores (Iglesia, Nobleza, Ordenes Militares) pro­movieron la colonización mediante la concesión de diferentes privilegios que atrajeran a los nue­vos moradores, compensando el riesgo que su­ponía habitar en zonas despobladas y fronteri­zas con el reino musulmán.

Se instauraron así, en primer lugar, las villas de realengo, cuya ad­ministración puso el rey en manos de la comu­nidad concejil; el reparto de tierras realizado en esta etapa debía de ser más o menos uniforme; tratándose de tierras generalmente no aptas pa­ra la agricultura, el problema del despobla­miento seguía patente, surgiendo aldeas que quedaban deshabitadas en cuanto las circuns­tancias eran adversas.

Otro tanto puede decirse de las villas de señorío. El proceso de repoblación fue largo, tuvo su ini­cio a finales del siglo XII y se continuó en el XIV.

Componentes ecológicos, humanos e históricos perfilaron, desde las primeras etapas, la confor­mación de dos subcomarcas con diferente régimen jurisdiccional: régimen señorial en el área occi­dental y régimen de realengo en el sector centro-oriental.


En el área occidental se crearon dos se­ñoríos: Señorío de Santa Eufemia y el Conda­do de Balalcázar. El primero data de 1293, fe­cha en la que Sancho IV hace donación del castillo de Santa Eufemia, con su jurisdicción, a Fernan­do Díaz, alcalde de la ciudad de Córdoba. El se­gundo tiene su origen en la merced hecha por Juan II, en 1444, a favor del maestre de la Orden de Alcántara

En ambos casos, el acceso a la propiedad den­tro del proceso señorializador se erige en asunto clave de la vida económica, social y política des­de finales de la Edad Media; su manifestación más radical y conflictiva se expresará durante toda la Edad Moderna a través del fenómeno de las usur­paciones de las tierras comunes, cuyo ejemplo más palmario se encuentra en las disputas sobre la pro­piedad de la Dehesa de Cañadallana, en la juris­dicción de Santa Eufemia, cuyo condominio rei­vindican varias villas contra las pretensiones de señores hacendados, litigio que motivó una Es­critura de Concordia entre las partes en 1631, pero que se alargaría varios siglos. Todo ello condu­jo a un alto grado de concentración de la tierra en manos del estamento nobiliario, quien además vinculaba sus bienes mediante la institución del mayorazgo. Así se explica que la distribución de la propiedad en el Condado de Santa Eufemia a mediados del siglo XVII sea la siguiente: No­bleza, 77,2%; común y propio de las villas, 20,8%, y vecinos, 2%.

Se asentaron los señoríos en las tierras de más clara vocación agrícola, en principio dedicadas al cultivo de cereal. Pero, puestas en manos de la no­bleza, fueron adehesadas y destinadas al aprove­chamiento ganadero, vendiéndose los pastos de invierno a los ganaderos trashumantes meste­ños, principalmente los procedentes del partido de Yanguas (Soria). Por otra parte, algunos pagos de las mismas dehesas eran cedidos en arrenda­miento a los vecinos, cultivándose cada 2, 3, 5 ó más años.


Las grandes dehesas estaban subdivididas en “quintos”, de unas 300 a 400 fanegas, los cua­les eran muy funcionales para los rebaños mes­teños al permitir el pastoreo extensivo de 300 a 400 ovejas con el mínimo de fuerza de trabajo (un pastor y un zagal). No existen datos sobre el número total de ganado trashumante que acce­día a la venta de «yerbas» en este sector occi­dental; sin embargo, son útiles los que aporta la relación de un vecino de Carrascosa y recauda­dor del derecho del puerto de El Guijo, váli­dos para el condado de Santa Eufemia y estado de Madróñiz. Según éste, el ganado lanar tras­humante registrado en dicho puerto durante la temporada de invierno de 1788-1789 agrupó 50.760 cabezas.

En el área centro-oriental los terrenos más pobres, poco roturados y bastante despobla­dos, supusieron un freno a las ansias de señoriali­zación. Así, Pedroche, su capital, y las villas que fueron surgiendo en torno a ella consiguieron mantener su condición de tierras realengas, ba­sando su economía en el aprovechamiento con­junto de un extenso patrimonio comunal (inte­grado fundamentalmente por las dehesas de La Jara —25.000 fanegas— y de La Concordia —47.000 fanegas) que daría lugar a una mancomu­nidad de términos y de pastos conocida como “Las Siete Villas de Los Pedroches”.

Esta propiedad concejil, no obstante, estuvo so­metida desde la Edad Media a las arbitrarias ena­jenaciones de la Corona, por lo que las propias vi­llas tuvieron reiteradamente que comprar sus bienes comunales. Consiguieron además con ello supremacía sobre La Mesta, a cuyos ganados se les prohibió la entrada, tal y como quedó estipulado en la última transacción realizada en el siglo XVII.


La jurisdicción realenga de estas villas sufrió un paréntesis de 87 años al ser vendidas por Fe­lipe IV al marqués de Carpio (Conde Duque de Olivares) en 1660. Pero la retroventa de juris­dicción de la Casa de Alba al Estado en 1747 su­puso su incorporación a la Corona y la recupera­ción de su ancestral condición.

De otra parte, aunque el régimen realengo no era de suyo in­compatible con los patrimonios nobiliarios, sin embargo el sector oriental de Los Pedroches se ca­racterizó por la ausencia de tierras en manos de la nobleza. Así pues, únicamente se compatibili­zó el patrimonio comunal con la propiedad par­ticular de seglares y eclesiásticos.


Más de la mitad de la tierra perteneciente a «particulares» estaba en manos de eclesiásticos, siendo el clero el mayor «hacendado» de los pro­pietarios. Además, entre el 60 y el 85% de la pro­piedad eclesiástica era ostentada a título espiri­tual, por tanto no enajenable, lo que suponía una fosilización del mercado de la tierra.

El terrazgo, aunque presentaba condiciones poco favorables para el cultivo, se vio sometido a intensas roturaciones como consecuencia de la presión demográfica.

La actividad agraria se organizaba en torno a la explotación de tierras de propiedad particular (cu­yo tamaño medio se aproximaba a las 6,5 Ha en la Villa de Pedroche) y su complemento colectivo (dehesas del común). Los bienes comunales su­ponían una tríada de aprovechamientos: labor, pastos y bellota. La adjudicación de las tierras de labor variaba de unas villas a otras, aunque siem­pre se hacía por sorteo. El ganado podía pastar li­bremente mediante el pago —al menos en el si­glo XIX— de una módica cuota por cabeza y especie. En el caso de los bienes pertenecientes al caudal de propios no existía aprovechamiento co­mún, de forma que las «yerbas» y bellotas se ven­dían como fuente de ingresos para la villa.

En general, pues, la vida agraria de esta subcomarca quedaba articulada según sus cualidades naturales, que limitaban el cultivo del cereal y propiciaban unos aprovechamientos ganaderos fa­vorecidos además por las grandes extensiones de baldíos y comunales.